Directivas de mini-cogeneración – Testimonio de Helmut Barsties

Helmut Barsties (EC Power)

Las expectativas en relación al momento de la entrada en vigencia de la Directiva fueron superadas.

Es digno de reconocimiento que la subvención haya comenzado a ser ejecutada desde el 1º de enero de 2015.

El incremento de la subvención básica es algo que celebrar.

Por otro lado, las cargas económicas generadas por la modificación de la EEG 2014 no llegan a ser compensadas.

Para que el mini-cogenerador pueda generar una cuota del 25% del objetivo de cogeneración, hubiese sido más efectivo proveer un mayor estímulo.

La introducción de la bonificación a la eficiencia térmica es un buen instrumento para brindar apoyo a los cogeneradores que se destacan por su eficiencia.

Además, permite que muchos proyectos puedan llegar a ser rentables por medio del uso del poder calorífico y favorece, de esa manera, la protección del medio ambiente y la prevención del cambio climático.

Por otra parte, la desventaja de que la generación de electricidad se vea reducida, solo logrará compensarse en parte.

Se dará una subvención complementaria especialmente para pilas de combustible, subvención que no puede ser obtenida por mini-cogeneradores que funcionen con motores a gas.

Una barrera un poco menor hubiera sido de gran ayuda para hacer que la subvención también sea asequible para mini-cogeneradores que funcionen a base de un motor a gas y tengan un alto nivel de eficiencia eléctrica.

Al igual que antes, el procedimiento de registro es complejo y extenso.

A esto se agrega que se deben proveer datos que anteriormente ya le proporcionó el fabricante al BAFA para poder registrarse en el listado.

Sería deseable que, existiendo el registro del BAFA, el suministro de „datos estándar“ no tenga que volver a repetirse.

Esto minimizaría los esfuerzos innecesarios al momento de presentar la solicitud.

aktualisiert am: 04.05.2016