Debe presentarse una solicitud de financiación para mini-cogeneradores de hasta 20 kWe ante las autoridades públicas que conceden la ayuda. La autoridad correspondiente es:
Bundesamt für Wirtschaft und Ausfuhrkontrolle (BAFA)
-KWK-
Frankfurter Straße 29-35
65760 Eschborn
mini-kwk@bafa.bund.de
En concordancia con la Directiva de mini-cogeneración 2015, puede presentarse la solicitud a partir del 1º de enero de 2015. No se permite la anulación de solicitudes presentadas anteriormente con la intención de obtener la nueva subvención establecida por las Directivas modificadas (Punto 7.2.1 Directivas de mini-cogeneración 2015).
Solamente se financiarán las medidas con las que aún no se haya comenzado antes de presentar la solicitud. Se considera que el comienzo del proyecto se da a partir de la conclusión jurídicamente válida de la prestación contenida en un contrato de prestación o de entrega (confirmación de un pedido) y no a partir del comienzo de la instalación de la unidad de cogeneración. Únicamente se permiten eventuales prestaciones de diseño y planificación antes de la presentación de la solicitud. El punto decisivo para la presentación de la solicitud es la fecha de ingreso de la solicitud ante el BAFA.
Luego de haber presentado la solicitud de subvención ante el BAFA, puede hacer el pedido al proveedor.
Para poder presentar una solicitud, se necesita de los siguientes documentos y certificaciones:
- formulario de solicitud completo;
- prueba o certificación sobre la potencia eléctrica y térmica instalada;
- datos de planificación y oferta;
- de ser necesario, otros documentos requeridos por el BAFA (por ejemplo, declaración de conformidad del propietario)