La Bonificación a la eficiencia eléctrica intenta promover la aplicación de de mini-cogeneradores con una eificiencia eléctrica particularmente alta. Para ello, la Directiva de mini-cogeneración da impulso al desarrollo y la introducción en el mercado de nevas tecnologías con altos niveles de eficiencia eléctrica como, por ejemplo, pilas de combustible.
Requisitos de la bonificación
La Bonificación a la eficiencia eléctrica se concederá para instalaciones cuya eficiencia eléctrica (grado de eficiencia) sea especialmente alta. Así, la Directiva de mini-cogeneración promueve una eficiencia eléctrica en la que, con una potencia eléctrica de:
– hasta 4 kW, la bonificación sea de más del 31%;
– desde 4kW y hasta 10 kW, la bonificación sea de más del 33%; y
– desde 10 kW, la bonificación sea de más del 35%.
Potencia mínima [kWe] | Potencia máxima [kWe] | Eficiencia eléctrica del rendimiento neto según los datos técnicos de potencia certificados para unidades de cogeneración |
> 0 | <=1 | > 31% |
> 1 | <= 4 | > 31% |
> 4 | <= 10 | > 33% |
> 10 | <= 20 | > 35% |
Importe de la bonificación a la eficiencia eléctrica
A quienes completen los requisitos de la bonificación se entregará, además de la subvención básica, una bonificación de una suma del 60% por sobre la misma.